
De acuerdo con lo establecido en el DECRETO 1840 DEL 16 DE SEPTIEMBRE DE 2015 del Ministerio de Comercio, Industria yTurísmo una vez entró nuevamente en operación el RUNEOL, los operadores de libranza o descuento directo obligados a renovar suinscripción en el año 2015, podrán hacerlo sin costo alguno hasta el 31 de diciembre de 2015

Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cánmara de Comercio de Buenaventura Resolución 0809 del 4 de Diciembre de 2012
"Vigilado Ministerio de Justicia y del Derecho"

LA LEY EXIGE A LAS PERSONAS JURIDICAS
EL DEPOSITO DE ESTADOS FINANCIEROS
Art. 41 de la Ley 222 de 1995
¿Qué estados se deben depositar?
- Balance general
- Estado de resultados
- Estado de cambios en el patrimonio
- Estado de cambios en la situación financiera
- Estado de flujos de efectivo
¿Qué beneficios trae?
Depositar los estados financieros es muestra de cumplimiento de las obligaciones legales y transparencia en la operación de su empresa.
¿Qué dice la ley?
La ley 222 de 1.995 establece en su artículo 41 lo siguiente:
"PUBLICIDAD DE LOS ESTADOS FINANCIEROS. Dentro del mes siguiente a la fecha en la cual sean aprobados, se depositará copia de los estados financieros de propósito general, junto con sus notas y el dictamen correspondiente, si lo hubiere, en la Cámara de Comercio del domicilio social. Esta expedirá copia de tales documentos a quienes lo soliciten y paguen los costos correspondientes.
Sin embargo, las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección, vigilancia o control podrán establecer casos en los cuales no se exija depósito o se requiera un medio de publicidad adicional. También podrán ordenar la publicidad de los estados financieros intermedios?.
¿Qué debo tener en cuenta?
Para el depósito de estados financieros, tenga en cuenta:
- Que los Estados Financieros a depositar deber ir con una carta suscrita por el representante legal, solicitando el depósito correspondiente.
- Los Estados financieros pueden presentarse en copia, fotocopia simple o autenticada.
- Se debe indicar el nombre del Estado Financiero a depositar en cada uno de ellos.
- Se debe indicar la fecha a la que corresponden.
- Los estados financieros deben venir suscritos por el Contador Público y el Representante Legal.
- Deben ser completamente nítidos.
¿Cuál es el valor?
El valor del depósito es de $16.000.oo más IVA por cada depósito del Estado Financiero que se quiera depositar.

La Cámara de Comercio de Buenaventura habilitó la línea 3158123566 para que interponga sus derechos de petición verbal, la cual funcionara las 24 horas del día.






“Señoras, Señores (y representantes legales de los menores) que hacen parte de los siguientes Grupos de Interés de la CÁMARA DE COMERCIO DE BUENAVENTURA:
i).TRABAJADORES, PROVEEDORES, PRESTADORES DE SERVICIOS, PENSIONADOS Y/O BENEFICIARIOS; ii). COMUNIDAD DE ÁREAS DE INFLUENCIA; iii).MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA, AFILIADOS; iv).USUARIOS REGISTRADOS; v). USUARIOS; vi). ESTADO; y vii). PROVEEDORES Y SUS TRABAJADORES Y CONTRATISTAS.
En cumplimiento de lo consagrado en el artículo 10 del Decreto 1377 de 2013, por medio del cual se reglamenta la Ley 1581 de 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales”, la CÁMARA DE COMERCIO DE BUENAVENTURA le informa que previamente ha recolectado datos personales de diversos titulares, en desarrollo de sus funciones tanto privadas como públicas (aquellas básicamente provenientes de los Registros públicos). Si el dato que haya sido recolectado no corresponde a una función pública delegada a la CÁMARA DE COMERCIO DE BUENAVENTURA, se trata entonces de una dato personal de naturaleza privada, para lo cual le solicitamos cordialmente nos remita una autorización escrita (si aún no lo ha hecho) para continuar con su tratamiento en las actividades y finalidades afines a las funciones de las cámaras de comercio para lo cual fueron obtenidos.
La autorización debe ser suministrada directamente por el titular de la información (indicando su nombre completo y cédula de ciudadanía) o en su defecto por sus causahabientes, sus representantes, tutores o apoderados, caso en el cual éstos deben acreditar la calidad en que actúan (anexando el documento que los acredite como tal).
La autorización debe ser remitida a los correos electrónicos: administrativo@ccbun.org, jurídico@ccbun.org o por correo físico, o presencialmente a la Oficina de la Cámara de Comercio de Buenaventura, en este enlace se encuentran las direcciones donde puede acercarse: www.ccbun.org.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1377 de 2013, si transcurridos treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de publicación de esta comunicación,la Cámara de Comercio de Buenaventura no recibe manifestación alguna, podrá continuar con el tratamiento de la información personal para las mismas o similares finalidades de que ha sido objeto desde el momento de su recolección.
Lo anterior no impedirá que los titulares en cualquier momento, bajo los supuestos consagrados en la Ley 1581 de 2012 y su Decreto reglamentario (o en cualquier norma especial o general que la complemente) así como en la sentencia C-748 de 2011, puedan ejercer sus derechos de conocimiento, acceso, rectificación, actualización, revocatoria y supresión de sus datos personales, salvo el caso de la información asociada a los Registros Públicos delegados a la Cámara de Comercio de Buenaventura donde existe un mandato legal que faculta a la Cámara para continuar con el tratamiento directamente sin contar con una autorización de parte del titular. Estos derechos podrán ejercerse enviando una solicitud por vía de correo electrónico administrativo@ccbun.org, jurídico@ccbun.org, por correo físico o presencialmente ante la Dirección Administrativa, o Dirección Jurídica de la CÁMARA DE COMERCIO DE BUENAVENTURA.

Que atendiendo lo dispuesto en la circular 005 de 2014, expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, se ha implementado en las Cámaras de Comercio de Colombia el Sistema de Prevención de Fraudes Registrales - SIPREF, cuyo objetivo es prevenir y evitar actuaciones ilícitas provenientes de terceros sobre la información de los registros públicos, con la intención de defraudar a los empresarios, entidades sin ánimo de lucro y a la comunidad en general.
La implementación de SIPREF además de incrementar la seguridad y confiabilidad en la operación de los registros públicos, tiene las siguientes ventajas:
- Verificar la identidad de las personas que realizan trámites directa o electrónicamente.
- Evitar fraudes con registros e inscripción que no han actualizado datos o no han efectuado su renovación en los últimos tres (3) años.
- No genera costo alguno para matriculados o inscritos.
- Utilizará un sistema de alertas tempranas desde el momento de la petición de registro.
Lo anterior permitirá a los titulares de la información registral adoptar las medidas que eviten o detengan posibles conductas fraudulentas.
Así mismo, la Cámara de Comercio de Buenaventura podrá abstenerse de registrar los actos o documentos cuya procedencia no se puedan verificar con el titular.
La Cámara de Comercio de Buenaventura realizará campañas pedagógicas sobre la forma de acceder al mecanismo y su procedimiento de forma trimestral con el fin de sensibilizar a los empresarios y demás personas jurídicas, sobre la importancia de contar con prácticas seguras que eviten fraudes en las operaciones de registro.
Es importante que los usuarios de los registros públicos actualicen oportunamente su información y entiendan las implicaciones legales que puede tener suministrar información falsa al registro.
SIPREF se implementa sin perjuicio del control de legalidad que ejerce la Cámara de Comercio de Buenaventura, respecto de los actos y documentos sujetos de registro.
