Requisitos
Podrán ser afiliados a la Cámara de Comercio de Buenaventura, las personas naturales o jurídicas que:
- Así lo soliciten.
- Tengan como mínimo dos años consecutivos de matriculados en cualquier Cámara de Comercio.
- Hayan ejercido durante este plazo la actividad mercantil.
- Hayan cumplido en forma permanente sus obligaciones derivadas de la calidad de comerciante, incluida la renovación oportuna de la matrícula mercantil en cada periodo, y la inscripción de (¡) los libros de actas de asamblea de accionistas o de junta de socios y (¡¡) los libros de registro de accionistas o socios, según fuere el caso
Condiciones
Para ser afiliado o conservar esta calidad, las personas naturales o jurídicas, deberán acreditar que no se encuentran incursas en cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Haber sido sancionadas en procesos de responsabilidad disciplinaria con destitución o inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas
- Haber sido condenadas penalmente por delitos dolosos
- Haber sido condenadas en procesos de responsabilidad fiscal
- Haber sido excluidas o suspendidas del ejercicio profesional del comercio o de su actividad profesional
- Estar incluidas en listas inhibitorias por lavado de activos o financiación del terrorismo y cualquier actividad ilícita.