La Matrícula Mercantil de las personas naturales y/o jurídicas y sus establecimientos de comercio debe renovarse dentro de los meses de enero a marzo de cada año, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 del código del comercio. El incumplimiento de dicha obligación acarrea sanciones que impone la Superintendencia de Industria y Comercio.
Para garantizar la cobertura de los servicios de la Cámara de Comercio de Buenaventura en la jurisdicción de Guapi, se realizará en colaboración con la Alcaldía de Guapi, una jornada de Matrículas y Renovaciones que tendrá lugar en la casa de la cultura en horario extendido de 9:00 AM hasta la 4:30 P.M., del 22 al 25 de febrero de 2010.
Solicitud de informaciones o documentos adicionales en su peticion de inscripción de actos y documentos sujetos a registro. Conforme con el artículo 12 del Código Contencioso Administrativo, si los requisitos, informaciones o documentos que proporcione el interesado no son suficientes, se le requerirá por una sola vez, con toda precisión y en la misma forma verbal o escrita en que haya actuado, el aporte que haga falta. Este requerimiento interrumpirá los términos establecidos para inscribir.
Verifique que el nombre de la empresa o negocio que va a matricular no se encuentre ya inscrito a nivel nacional. Usted mismo puede realizar la consulta a través de la página del registro único empresarial RUE: http://www.rue.com.co/, o en la oficina de la cámara.
Si usted decide cancelar su matrícula mercantil, entre el 2 de enero y el 31 de marzo de 2010, porque ya no ejerce el comercio, no tendrá que pagar los derechos de renovación por el presente año. Solamente deberá proceder a cancelar los derechos correspondientes al (los) año (s) anterior (es) no renovados.
Calle 1 No. 1A - 88 Conmutador: (57) 2 2424508 - 2424258 Fax: (52) 2 2434202 A.A. 602 Buenaventura - Colombia |