Menu

ARBITRAJE

Es un mecanismo mediante el cual las partes involucradas en un conflicto delegan la solución de este en un número impar de abogados denominados árbitros, quienes tienen la facultad de administrar justicia y profieren una sentencia que se denomina laudo arbitral.

 

Beneficios:

  • Oportunidad y Diligencia: Las partes podrán señalar el tiempo de duración obligatorio del proceso, sin exceder de seis meses
  • Plenos Efectos Legales: El laudo arbitral se asemeja por completo a una sentencia
  • Especialización: Los Árbitros son especialistas en los asuntos objeto de discusión.
  • Idoneidad: Los Árbitros son especialistas en cada rama del derecho
  • Privacidad y Confiabilidad: Lo que sucede durante el proceso se guarda en la as estrictaconfidencialidad.

 

PACTO ARBITRAL: Es un negocio jurido mediante el cual las partes manifiestan su voluntad de que sean árbitros quienes definan su controversia

 

 

TIPOS DE PACTOS ARBITRAL:

 

La cláusula compromisoria: es la manifestación de voluntad que se incluye en un contrato o documento donde se establece que los conflictos surgidos en el desarrollo de dicho contrato serán resueltos mediante arbitraje. Esta cláusula se establece antes de surgido el conflicto.

 

El Compromiso: es un contrato o documento independiente en el que las partes deciden resolver las diferencias que los enfrentan mediante un proceso arbitral. Este se pacta después de que surge conflicto, lo que permite llevar a arbitraje las controversias que se estén ventilando ante los jueces.

 

Para acceder a este servicio debe presentarse:

 

  1. Constancia de pago de los gastos iniciales de administración del trámite.
  2. Demanda que debe cumplir todos los requisitos de ley (Art. 12 ley 1563 de 2012).
  3. Copia del documento en el que conste el pacto arbitral, o la afirmación de que este existe, así como los documentos que pretenda hacer valer como pruebas.
  4. Copias de traslado para los demandados y, en algunos casos, para el Ministerio Público y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

Duración de un trámite arbitral: máximo 12 meses